Escrito por Guido Schenone


¿Cuánta gente reconoce inflar su currículum en Argentina?

La respuesta, según la medición disponible, es poca, y eso es parte del problema: la cifra proviene de lo que los propios candidatos admiten. Una encuesta de Bumeran difundida por Bloomberg Línea en abril de 2023 indicó que el 5% de los argentinos reconoce incluir información falsa en su CV, con la necesidad urgente de trabajo (36%) y la postulación a puestos para los que se sienten poco calificados (27%) como motivos principales, y ubicó a Argentina en el último lugar del ranking de veracidad entre los países encuestados, con Ecuador y Panamá a la cabeza (97%). Es una autodeclaración y tiene más de tres años, de modo que sirve como indicio y no como prueba de la magnitud real. Del lado de las empresas, el Global Benchmark Report 2025 de HireRight, basado en más de mil profesionales encuestados entre febrero y marzo de 2025, encontró que más de tres cuartas partes de las organizaciones detectaron discrepancias de candidatos en los últimos doce meses, entre ellas diferencias en educación y empleo; es un dato global, no argentino.


¿Qué dice la ley argentina sobre el certificado de trabajo?

El punto de partida para confirmar una trayectoria es el certificado de trabajo, regulado por el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, que el empleador debe entregar dentro de los 45 días hábiles desde la extinción del contrato y que consigna datos de la relación, la función desempeñada y la constancia de aportes a la Seguridad Social. La Ley de Modernización Laboral 27.802, publicada en el Boletín Oficial el 6 de marzo de 2026, modificó este régimen, y la Resolución General 5848/2026 de ARCA, publicada el 18 de mayo de 2026, habilitó la emisión digital: según el texto leído, el trabajador accede al certificado a través del servicio “Trabajo en Blanco” con CUIL y Clave Fiscal de nivel 2 o superior, o por el home banking de un banco habilitado. La consecuencia práctica es que un candidato con experiencia en relación de dependencia registrada puede presentar un documento emitido por un canal oficial, más difícil de falsificar que una constancia en papel.

¿Cómo se confirma “cinco años en esa empresa” sin cruzar los límites de la Ley 25.326?


Confirmar experiencia implica tratar datos personales, y la Ley 25.326 fija el marco: los datos deben ser ciertos, adecuados, pertinentes y no excesivos (artículo 4), y el tratamiento requiere el consentimiento libre, expreso e informado del titular, por escrito o por un medio equivalente (artículo 5). En términos operativos, la verificación debería apoyarse en tres pasos: pedir al candidato el certificado de trabajo y la constancia de aportes, obtener su consentimiento escrito para contactar al empleador anterior, y contrastar fechas, cargo y funciones con la fuente original en lugar de aceptar una confirmación informal. “Un CV es una declaración, no una prueba: la diferencia entre ambos se resuelve con una fuente verificable y con el consentimiento de la persona”, señala Guido Schenone, Comercial & Growth Manager de Validato. El alcance también importa: se verifica lo que el puesto requiere, no la vida laboral completa de cada candidato.


¿Cuándo una exageración se convierte en un problema legal?

Hay un matiz que conviene respetar. Un currículum con tareas magnificadas o fechas redondeadas no es en sí mismo un documento falso; en cambio, presentar un certificado o un título apócrifo sí encuadra en la falsedad documental. El Código Penal sanciona en su artículo 292 al que hiciere en todo o en parte un documento falso o adulterare uno verdadero de modo que pueda resultar perjuicio, y en el artículo 296 al que hiciere uso de un documento o certificado falso o adulterado, que responde como si fuera autor de la falsedad, según el texto consultado en una fuente jurídica no oficial; conviene cotejarlo con Infoleg. En el plano laboral, un caso reciente lo ilustra: en julio de 2026, según iProfesional, la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el despido de un jefe de división de Nucleoeléctrica Argentina S.A. que había presentado un título secundario falso, invocando el principio de buena fe de la Ley de Contrato de Trabajo. Es un caso de título y no de experiencia, pero muestra cómo trata la justicia laboral la falsedad en la documentación de ingreso.


¿Qué conviene incorporar al proceso de selección?

La recomendación práctica es proporcional al puesto: para una posición operativa puede bastar con el certificado digital y una referencia con consentimiento; para un cargo con acceso a fondos, información sensible o decisiones estratégicas, tiene sentido sumar verificación directa con el empleador anterior y con la fuente de los aportes. Lo que no resulta defendible es el extremo contrario, la verificación indiscriminada de todos los candidatos con el mismo alcance. Validato ayuda a las organizaciones argentinas a estructurar verificaciones de experiencia laboral adaptadas al riesgo de cada posición, con consentimiento, fuentes identificadas y registro de cada hallazgo, de modo que una decisión de contratación pueda explicarse después con evidencia y no con intuición.


Referencias

  1. Bloomberg Línea, 02/04/2023, “Empleo: este es el porcentaje de los argentinos que reconoce mentir en su CV” (encuesta de Bumeran). https://www.bloomberglinea.com/latinoamerica/argentina/empleo-este-es-el-porcentaje-de-los-argentinos-que-reconoce-mentir-en-su-cv/. Autodeclaración, 2023.
  2. HireRight, Global Benchmark Report 2025 (comunicado del 05/06/2025). https://www.hireright.com/company/newsroom/hireright-releases-2025-global-benchmark-report. Dato global.
  3. Ley de Contrato de Trabajo 20.744, art. 80. Infoleg. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/texact.htm. Vigente; la página indica que el artículo fue modificado por la Ley 27.802.
  4. Ley 27.802 de Modernización Laboral (B.O. 06/03/2026). Marval O’Farrell Mairal. https://www.marval.com/Publicacion/entra-en-vigencia-la-ley-de-modernizacion-laboral-17508?lang=es. Vigente.
  5. ARCA, Resolución General 5848/2026 (B.O. 18/05/2026). https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/sitio/contenido/novedad/ver.aspx?id=5717. Vigente.
  6. Ley 25.326, arts. 4 y 5. Infoleg. https://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/64790/texact.htm. Vigente.
  7. Código Penal, arts. 292 y 296. Selser Testa Abogados (fuente no oficial). https://stabogados.com.ar/penal/codigo-penal/parte-especial/arts-292-299.html. Vigente; cotejar con Infoleg.
  8. iProfesional, 08/07/2026, caso del título falso en Nucleoeléctrica Argentina S.A. https://www.iprofesional.com/index.php/legales/459484-titulo-trucho-empresa-estatal-despido-causa-sueldos-altos.